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Novedades en la revocación del NIF

La revocación del NIF

Con la entrada en vigor en abril del Real Decreto 249/2023, la Agencia Tributaria podrá revocar el número de identificación fiscal (NIF) cuando acredite alguna de las siguientes circunstancias:

Efectos de la revocación

La revocación del número de identificación fiscal tiene, entre otras, las siguientes consecuencias:

La rehabilitación se llevará a cabo cuando se acredite que han desaparecido las causas que motivaron la revocación. Además, se deberá especificar la titularidad del capital de la sociedad, identificación de sus representantes legales, el domicilio fiscal, así como documentación que acredite cuál es la actividad económica.

Jessica Ushca

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