El reciente Real Decreto 1155/2024, del pasado 19 de noviembre, presenta una importante reforma en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. Este nuevo marco legal, que entrará en vigor dentro de seis meses, introduce cambios clave en los procedimientos de extranjería con el objetivo de facilitar la integración social, alinearse con la normativa europea y fortalecer los derechos de las personas extranjeras.
El reglamento moderniza la normativa sobre extranjería y se centra en tres áreas fundamentales: el acceso al empleo, la formación y la inclusión familiar:
Trabajo: acceso inmediato al empleo
Uno de los cambios más significativos es que las autorizaciones de residencia permiten trabajar desde el primer momento sin necesidad de un permiso adicional. Además, se flexibiliza la posibilidad de compaginar trabajos por cuenta propia con empleos por cuenta ajena, ampliando las oportunidades laborales para las personas extranjeras.
En cuanto al visado de búsqueda de empleo, ahora se amplía a un año, lo que permitirá a las personas extranjeras disponer de más tiempo para encontrar trabajos acordes a su perfil en sectores específicos.
Formación: una apuesta por el talento
La tradicional estancia por estudios pasa a denominarse estancia por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas, aclarando el Real Decreto las categorías incluidas. Los estudiantes contarán con permisos que abarcarán toda la duración de su formación y podrán trabajar hasta 30 horas semanales durante sus estudios. Además, se simplifica el proceso para que, al finalizar su formación, puedan obtener un permiso de trabajo de forma ágil.
Otra novedad es la eliminación de figuras como las prácticas no laborales y las actividades de investigación reguladas en la Ley de Apoyo a los Emprendedores de 2013, integrándolas en este marco más amplio.
Familia: una integración inclusiva
La reforma mejora significativamente las condiciones de reagrupación familiar. Entre las medidas destacan:
- La creación de una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, extendiendo la edad de los hijos hasta los 26 años
- La inclusión de parejas estables no registradas formalmente que puedan acreditar una relación estable, modificando el periodo de convivencia exigido a 12 meses, salvo que la pareja tenga descendencia común
- La ampliación del concepto de familiar reagrupado para incluir a los familiares de víctimas de trata, violencia sexual o de género.
Entre otras novedades, el reglamento introduce cinco figuras de arraigo que facilitan la regularización de personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y que por distintas razones no han podido renovar:
- Arraigo social: para quienes demuestren vínculos familiares o integración en España
- Arraigo sociolaboral: basado en la posesión de un contrato de trabajo
- Arraigo socioformativo: para quienes estén cursando o matriculados en programas formativos
- Arraigo familiar: reservado a progenitores de menores españoles o ciudadanos de la UE
- Arraigo de segunda oportunidad: para personas que perdieron su autorización de residencia en los últimos dos años.
Estas figuras tendrán una duración inicial de un año, salvo el arraigo familiar, que se extiende hasta cinco años.
Adicionalmente, el nuevo reglamento establece nuevas disposiciones para visados unificando los requisitos y estableciendo que las autorizaciones iniciales tendrán una duración de un año, con renovaciones de cuatro años, evitando así la irregularidad sobrevenida.
Un marco normativo en sintonía con Europa
Con esta reforma, España no sólo moderniza su legislación en extranjería, sino que también adapta su marco normativo a las directivas europeas y al Código de Fronteras Schengen. La nueva normativa busca garantizar una mayor seguridad jurídica, simplificar los trámites administrativos y ofrecer nuevas oportunidades a las personas extranjeras y sus familias, consolidando su integración social y laboral en el país.